Guía para Tramitar una Demanda de Muerte por Negligencia

Como tramitar una demanda de muerte por negligencia

Una guía para tramitar una demanda de muerte por negligencia tiene que abordar, en primer lugar, los Estatutos de Limitaciones. Estos regulan el lapso de tiempo dentro de la cual el demandante debe tramitar su demanda o reclamación. Cuando la demanda es contra una entidad municipal, como la Ciudad o el Estado de Nueva York, se debe tramitar una Notificación de Demanda o Notificación de la Intención de forma inmediata. Si no se hace así, un tribunal tiene derecho a denegar el derecho a indemnización por parte de la entidad. El demandante debería solicitar el asesoramiento de un abogado cuanto antes para asegurar que se tramita su demanda acorde con el Estatuto de Limitaciones.

La Importancia del Testamento al Tramitar una Demanda de Muerte por Negligencia

Una vez determinados y satisfechos los Estatutos de Limitaciones, el segundo factor a determinar cuándo tramites una demanda de muerte por negligencia, es el testamento. El tramitador de la demanda debe averiguar si la persona fallecida hizo testamento. Si existe un testamento, indicará quién es el/la albacea del patrimonio. El/la albacea tendrá que contratar un abogado y tramitar la demanda en nombre del fallecido. Si el fallecido no hizo un testamento, el tribunal nombrará un/a administrador/a para representar a los beneficiarios. Cuando se haya tramitado la demanda en nombre del fallecido, empieza el litigio. En este proceso, las partes y los testigos tendrán que responder a las preguntas bajo juramento, se intercambiará documentación y es posible que el caso vaya a juicio. El litigio es la parte más compleja de la tramitación de una demanda de muerte por negligencia.

Como se Distribuye el Patrimonio

Una vez que el jurado haya determinado un veredicto, o las partes hayan llegado a un acuerdo, habrá que distribuir el patrimonio entre los beneficiarios. Una guía para tramitar una demanda de muerte por negligencia no estaría completa sin abordar el tema (de la indemnización) del reparto del testamento. La primera persona en recibir su parte correspondiente, es el/la esposo/a del/de la fallecido/a. Si no vive, serán los hijos y los padres del/de la fallecido/a. En la mayoría de los casos, el/la esposo/a y los hijos tienen prioridad. En el caso que no exista, los hermanos pueden ser los beneficiarios del testamento. La existencia de un testamento puede ser determinante en una demanda de muerte por negligencia. Tramitar una demanda de muerte por negligencia puede ser muy complejo. Un abogado con experiencia en estos temas puede ayudarte a conseguir una.

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