Accidentes por tropezones y caídas – Un empleado de un contratista de marcos se resbaló y resultó herido mientras llevaba un espejo enmarcado de 300 libras. Mientras cargaba el marco, su pie quedó atrapado en una juntura entre trozos de papel de construcción. Estos fueron colocados por un contratista general, para proteger un piso recién instalado, durante un proyecto de renovación del lobby de un hotel. El hombre lesionado presentó una demanda contra el contratista general para recuperar los daños por sus lesiones. Alegó violaciones a la Ley Laboral §241 (6) y §200, y negligencia de derecho común. El contratista general presentó una moción de juicio sumario desestimando la denuncia.
El Tribunal de Primera Instancia
El tribunal inferior desestimó el reclamo de la Ley Laboral §241 (6). Sostuvo que la evidencia demostraba que el trabajo de decoración, que involucró la fabricación y colocación de un espejo en el vestíbulo principal del hotel, no se realizó en el contexto de la construcción, demolición o trabajos de excavación. Además, el tribunal inferior sostuvo que incluso, asumiendo que el trabajo del demandante se realizó en el contexto de la construcción, la disposición del Código Industrial (12 NYCRR §23-1.7 (e)), en la que el demandante se basó en apoyo de su reclamo de la Ley Laboral §241 (6), carecía de respaldo probatorio en el expediente.
El demandante describió el vestíbulo principal en el que ocurrió su accidente como un gran espacio abierto. Por lo que el tribunal inferior concluyó que tal área no encajaría dentro del término de un «pasillo», como se establece en la disposición del Código Industrial. El Tribunal señaló además que la disposición del Código Industrial se refiere a peligros de tropiezos tales como suciedad, escombros, herramientas y materiales esparcidos en un área de trabajo. El Tribunal determinó que, en ese caso, el demandante no tropezó con material suelto o esparcido, sino con papel de construcción marrón. Ese papel se colocó a propósito sobre los pisos recién instalados para protegerlos.
Por último, el Tribunal razonó que el revestimiento de papel constituía una parte integral del trabajo del suelo en el proyecto de renovación. Y este no podía interpretarse como un material mal colocado con el que uno podría tropezar. El tribunal inferior también desestimó las demandas por de la Ley del Trabajo §200 y de negligencia de derecho común, ya que no había evidencia de que los demandados del hotel tuvieran un aviso real o implícito de un defecto en el revestimiento de papel del piso.
La Apelación del Caso de Accidente por Tropezones y Caídas
El demandante apeló. En la apelación, el Primer Departamento revocó la decisión del tribunal inferior que desestimaba el reclamo del demandante en virtud de la Ley Laboral §200. Esto porque el contratista general no cumplió con su obligación de demostrar que había asegurado adecuadamente el papel en el que el demandante supuestamente se agarró el pie. El Primer Departamento señaló que el argumento del demandante de que el contratista general creó la condición defectuosa que causó su accidente, hace que otras cuestiones de notificación real y constructiva sean irrelevantes.
El Tribunal agregó que el contratista general no pudo demostrar que el papel estuviera asegurado al piso. Tampoco hubo evidencia de que la cinta cubriera toda la longitud de los bordes del papel de construcción. El gerente de proyecto atestiguó que era necesario o, de lo contrario, el papel no se quedaría abajo y podría ser un peligro de tropiezo. En consecuencia, el Primer Departamento revocó la decisión del tribunal inferior que otorgó el juicio sumario a favor del acusado sobre el tema de la responsabilidad según la Ley Laboral § 200. Es importante llamar a un abogado de inmediato si usted o alguien que conoce está involucrado en un accidente similar a este.